Artículo Disposición adicional trigésima cuartaDisposición adicional trigésima cuarta
Disposición adicional trigésima cuarta. Referencias a contratos de gestión de servicios públicos.
Las referencias existentes en la legislación vigente al contrato de gestión de servicios públicos se entenderán realizadas tras la entrada en vigor de la presente Ley al contrato de concesión de servicios, en la medida en que se adecuen a lo regulado para dicho contrato en la presente Ley.
Norma publicada: 8 de noviembre de 2017